Situaciones y factores que generan vulneración de derechos humanos en la sala de urgencia de la Clínica san Francisco de la ciudad de Tuluá Valle, en el año 2015

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Colombia establece el Estado Social de Derecho como modelo político según el Artículo 1 de la Constitución Nacional, así mismo consagró dentro del Bloque de Constitucionalidad la existencia y la prevalencia de los Derechos Fundamentales o Humanos que por su condición de universales, inalienables, inviolables e imprescriptibles, merecen una especial atención y protección con relación a los demás Derechos del ordenamiento Constitucional y Jurídico en general que conforman nuestro Derecho Positivo. En su preámbulo y en el Artículo 1ro, la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclama, sin lugar a equivocaciones, los Derechos Inherentes a todos los seres humanos: “La ignorancia y el desprecio de los Derechos Humanos han resultado en actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y la llegada de un mundo donde los seres humanos gocen de libertad de expresión y creencia y sean libres del miedo y la miseria se ha proclamado como la más alta aspiración de la gente común... Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y Derechos”.1 Los Derechos Humanos en la actualidad y específicamente en nuestro país a pesar de su regulación legislativa y de existir mecanismos judiciales que los protegen, siguen siendo altamente vulnerados por parte de las instituciones públicas y privadas, es un hecho notorio, de público conocimiento que dentro del sector salud se presenta este lamentable fenómeno con frecuencia, con consecuencias fatales para los asociados. En el año 1993 se organiza en Colombia un Sistema de Seguridad Social, teniendo como finalidad garantizar y asegurar la prestación de servicios de gran importancia para la totalidad de la ciudadanía. Se esperaba que los servicios de salud tuvieran la mayor cobertura y fueran prestados de forma continua, a tiempo y de manera eficiente. Con el tiempo se observan dificultades de todo tipo para la prestación de tales servicios, particularmente en el conocido como: Servicio de Urgencia Hospitalaria (SUH), al conocerse por informes de organismo públicos y privados las circunstancias a que se ven enfrentados las personas aseguradas (Régimen Contributivo), al momento de acudir a dicho servicio. La Ley 100 de 1993 consagra dentro de su Artículo 168 que la atención inicial de urgencias debe ser prestada en forma obligatoria por todas las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud, a todas las personas, independientemente de la capacidad de pago. Su prestación no requiere contrato ni orden previa. El costo de estos servicios será pagado por el fondo de solidaridad y garantía en los casos previstos en el artículo anterior, o por la entidad promotora de salud al cual esté afiliado, en cualquier otro evento. Instituciones como la Súper Intendencia de Salud, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio de Protección Social y las Altas Cortes nos han dejado sus conceptos con respecto a la problemática en cuestión, cada una asumiendo su posición desde sus facultades Constitucionales y subrayando la prevalencia de los Derechos Humanos de los usuarios que acuden al servicio de urgencias. Así mismo podemos definir la Urgencia Médica como la necesidad inmediata que afecta la salud de un paciente que pone en peligro su vida o su normal funcionamiento y requiere de una atención oportuna y eficaz principios en los cuales se fundamenta el Sistema General de Seguridad Social en Salud Artículo 3ro. La presente monografía cuenta con tres etapas que nos ayudan a desarrollar el tema de investigación previamente delimitado dentro del proyecto, inicialmente analizaremos desde el punto de vista conceptual, filosófico y jurídico la problemática planteada. En segunda instancia analizaremos las situaciones y factores que influyen en la vulneración de Derechos Humanos dentro de esta sala de urgencias de este centro asistencial, tales como las barreras de tipo administrativo, la conformación de la sala de urgencias, entre otras; en tercer lugar identificaremos las quejas más frecuentes de los usuarios, cuales instituciones reciben estas quejas y que trato les dan, así mismo dentro del tercer punto identificaremos el conocimiento que tienen los usuarios de la sala de urgencias sobre sus Derechos Humanos y los medios para hacerlos efectivos por vía judicial o administrativa. Y por último brindar una posible solución desde nuestro punto de vista a dicha problemática.

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