Análisis comparativo de las sanciones penales que se impusieron a los adolescentes del circuito judicial de Cartago (V), en los años 2008 y 2015

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Al abordar el tema de la delincuencia de los adolescentes, es necesario ubicar el mismo dentro de la problemática social que les ha correspondido vivir y afrontar a estos jóvenes, pues este tipo de comportamientos pueden ser resultado de diversos factores tales como violencia –incluyendo la vivenciada en sus hogares-, competencia desleal, el consumismo, entre otros, que permiten que se soslayen valores de tan caro valor social como el respeto, la honestidad, el trabajo, la justicia y la solidaridad. Debe decirse que el tema de la delincuencia juvenil, se ubica dentro de una realidad social protagonizada por el analfabetismo, la deserción escolar, el desempleo, la desintegración familiar, las adicciones, el narcotráfico, la pobreza; negándosele a esta población juvenil el ejercicio de sus derechos como niños, esto es, a una familia, a la salud, vida, dignidad humana, educación, vivienda digna, entre otros; debilitando de esta manera los sistemas tradiciones de apoyo para el desarrollo de la niñez y la adolescencia. La búsqueda de soluciones a esta problemática no depende de una sola persona sino a un cambio de mentalidad como sociedad que reconozca la necesidad del apoyo a los adolescentes que se encuentren inmersos en este tipo de comportamientos, y que el propio Estado aporte los elementos necesarios para hacer de las sanciones que se consagraron para sancionar a los adolescentes penalmente responsables, efectivas para lograr el fin para el que fueron diseñadas. Las sanciones corresponden a la consecuencia jurídica que el sistema consagra para el adolescente declarado penalmente responsable, frente al cual el legislador ha planteado como finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, como lo señala el artículo 1 del Código de la Infancia y la Adolescencia. Por ello, se ha declarado como finalidad principal del sistema penal de adolescentes, que tanto el proceso como las medidas y sanciones que se adopten, deben ser en todo momento de carácter pedagógico, específico y diferenciado respecto del sistema de adultos; garantizando la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño (artículo 140 CIA). Es por esto que se hace necesario ambientar el tema desde la perspectiva de la finalidad del Código de la Infancia y la Adolescencia, así como de las sanciones consagradas en dicha normativa, y la consagración de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes; ello mirado de cara a la forma en que se ha desarrollado la aplicación de las mismas en la población de los adolescentes penalmente responsables del circuito judicial de Cartago (V) (teniendo en cuenta que es un Circuito Judicial que cobija los municipios de La Victoria, Obando, Ulloa, Ansermanuevo, Alcalá, Argelia, El Cairo, San José del Palmar (Chocó) y el propio municipio de Cartago); tomando un comparativo entre la población del año 2008, cuando se dio incio al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes –Ley 1098 de 2006- y la del último año, anterior a esta investigación, esto es, el año 2015, y el papel definitivo que ha jugado el Juzgado de Menores de esa municipalidad, para determinar la movilidad que se requiere para darle efectividad, tal como lo consagra el Código de la Infancia y la Adolescencia

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