Análisis jurisprudencial de la razonabilidad de diferencia entre el matrimonio y la unión marital de hecho en Colombia

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El matrimonio no es la única opción para constituir un vínculo familiar en Colombia, pues la Constitución Política de Colombia en el artículo 42 indica que la familia se puede constituir por vínculos naturales o jurídicos, es decir que la familia se puede constituir por el simple hecho de querer conformarla. La evolución de la sociedad ha permitido el nacimiento de nuevas formas de familia, y cualquiera que sea su conformación debe estar sujeta a derechos y protección por parte del Estado, pero, a pesar de esta protección, siempre ha existido una diferenciación entre la unión marital de hecho y el matrimonio, tanto en su disposición jurídica como en las manifestaciones jurisprudenciales de la Corte Constitucional

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