Protección constitucional, por vía de tutela, de propuestas discriminatorias en la política Colombiana en asuntos que atentan contra los derechos humanos de la comunidad LGTBI. caso Tuluá, año 2018

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Luego de la constitución del 911 Colombia se describe como un país Laico y en razón de ello, se hizo necesario que en el mismo se analizaran algunas normativas de la constitución anterior que no eran acordes con la norma de normas actual frente a ciertas propuestas políticas en temas que en un país como Colombia aún son controversiales, como los son los derechos de la comunidad LGTBI. Frente a la aceptación por parte de Colombia de los derechos humanos se ha hecho necesario que la ley entre a regular muchos aspectos sociales relacionados con la diversidad sexual lo cual ha conllevado a que existan propuestas jurídicas que amparadas en corrientes de fe personal atentan contra esta diversidad y los derechos humanos de estas personas y por supuesto la pretensión de una constitución moderna e incluyente. Así las cosas, Colombia al ser un país que a pesar de tener una constitución subjetivamente nueva basada en un supuesto estado social de derecho “moderno”, en muchas corrientes políticas se intentan expedir normativas y proyectos entre otras manifestaciones políticas, que atentan contra los derechos de los gay y lesbianas entre otros. Es así donde se puede llegar a analizar que en nuestro país existen proyectos de ley y otras situaciones políticas que no tienen un empírico cumplimiento de leyes equilibradas y neutrales centradas en bases laicas, en razón de la libertad política no se resguarda de estas propuestas a la comunidad LGTBI y las mismas son víctimas de hostigamiento político y normativo, en razón simplemente de su orientación sexual. De conformidad con lo estipulado en el artículo 1502 de la constitución de Colombia, por la cual se dictaron disposiciones para proteger a los ciudadanos de la discriminación u otros, se presentan a consideración del senado de la república proyectos de ley, por medio del cual se convoca a marchas y plebiscitos para impedir temas como la adopción y el matrimonio o la educación sexual en los colegios del país. Algunos políticos amparados en sus creencias personales y suscitados por la liberad política buscan mecanismos jurídicos para incitar a marchar contra los homosexuales como es el caso de la marcha “rescatando

1 www.constitucioncolombia.com/titulo-1/capitulo-1/articulo-19 2 www.constitucioncolombia.com/titulo-6/capitulo-3/articulo-150 4 principios”, lo cual sin duda son propuestas normativas homofóbicas y discriminatorias; que transgredan los derechos de ciertas comunidades en correlación a proyectos de ley presentados o manifestaciones políticas , los cuales no son totalmente equilibradas, sino que tienen bases de tipo dogmático religioso, prejuicioso u homofóbico, poniendo en juego las transformaciones normativas del 91 que tenían como propósito, que Colombia fuese un país laico3 , además de ello no fomentar un avance en correlación a las metamorfosis sociales fundamentales para promover y conservar la convivencia en la que todos debemos estar incluidos

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