Decepción en la resocialización como fin de la pena privativa en Colombia

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La defensa social al delito, ha imperado en el mundo, como esa necesidad de salvaguardar el orden social a todos aquellos que la ponen en peligro con su actuar delictivo. El origen de las cárceles se remonta hace años, cuando el hombre tuvo la necesidad de poner a sus enemigos bajo dependencia, personas que eran consideradas peligrosas para el colectivo, eran encarceladas en lugares agrestes como cuevas, tumbas, cavernas etc. Así mismo era el castigo, deshonroso, inhumano, y arbitrario. A través del desarrollo cultural y social se generó un avance en el tema de la sanción penal, se humanizó el sistema, prohibiendo maltratos físicos y morales, se empezó a suministrar a los internos información apropiada sobre el régimen del establecimiento de reclusión, integrado por derechos, deberes, normas disciplinarias, procedimientos para formular quejas, y reclamaciones, entre otras garantías, donde poco a poco fue surgiendo en el plano internacional y nacional el sistema penitenciario, caracterizado por el tratamiento y preparación brindado a personas privadas de la libertad, en búsqueda de que en el futuro vivan en paz y armonía con los demás miembros de la sociedad, y no incurran en violación a la norma penal. Con la llegada de la reinserción social al plano penitenciario, La responsabilidad social del Estado Colombiano, ha obtenido dentro de sus lineamientos, las personas privadas de la libertad en los centros penitenciarios y las personas que ya cumplieron o purgaron una pena, con miras a obtener un trato digno, no diferenciado y con oportunidades, con proyectos viables y sostenidos, encaminados a la reinserción social. Una de las acciones que desarrolla El Estado Colombiano en materia de Resocialización en las instituciones carcelarias, es el estudio como comprensión subjetiva y objetiva del delito como antivalor, resignificación de las experiencias en cuanto a la trasgresión y la opción laboral con calidad y competitividad. Como regla general para que la persona penada avance se de haber observado una buena conducta en el comportamiento durante el tiemplo de reclusión, así como acreditar la participación en actividades de resocialización, a través de la disciplina, la cultura, el deporte, y las relaciones de familia.

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