Anatocismo en los actos financieos en el Municipio de Tuluá durnte los años 2010 y 2011
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Resumen
El anatocismo es una figura utilizada desde tiempos remotos, cuestionada por filósofos y las diferentes religiones principalmente por el Islam y el cristianismo. En la época moderna reciente la legislación española y el código civil argentino han hecho sendos pronunciamientos sobre el tema. El código civil español recoge en el artículo 1109 que los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reclamados, auque la obligación haya guardado silencio sobre este punto. En el ámbito mercantil español, sin embargo, el cobro de intereses sobre interés está prohibido: según el Art.317 del código del comercio, los intereses vencidos y/o pagados no devengan intereses. El Art.319 establece que interpuesta una demanda, no podrá hacerse la acumulación de intereses al capital para exigir mayores créditos. Este Art.319 dio lugar a numerosos abusos contra los que el legislador ya reaccionó en 1980 impulsando la producción de intereses sobre la cantidad liquida a la que condenase una resolución judicial a pesar de los recursos que la misma se interpusiesen siempre que las decisiones jurisprudenciales posteriores no modifiquen la primera. En Colombia poco se conoce el anatocismo, pues como país capitalista ha permitido gran libertad a las entidades financieras entregando su eventual control a la superintendencia financiera que no es más que una rueda suelta del gobierno administrada por las mismas entidades financieras. Aparentemente existe una contradicción entre el propósito de reducción de la pobreza y una realidad que ubica los costos financieros de los microcréditos como los más altos del mercado formal. Para el Ciudadano normal no es claro por qué muchos gobiernos avalan dichos créditos con normas que permitan al sector financiero cobrar costos adicionales a los de otros tipos de créditos. El tema del anatocismo es más delicado de lo que se ha creído pues existen en el mercado financiero muchas entidades al préstamo de dinero a través del llamado microcrédito, protegiendo así su Actividad con la normatividad colombiana que les permite además cobrar además de los intereses, el estudio del crédito y comisiones; haciendo que el costo del dinero se vuelva desmesuradamente alto.