Efectividad de la acción de repetición en el municipio de Guadalajara de Buga en sede Administrativa
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Resumen
De manera reiterada se hace mención en medios de comunicación y en foros de entidades públicas y privadas, el constante desangre del erario por efecto de las condenas de la jurisdicción contenciosa administrativa ante la llamadas fallas del servicio, situación que antes de mejorar provoca incertidumbre ante el cúmulo de demandas que reposan en los despachos judiciales y que buscan reparación estatal. Esto es preocupante en la medida que el estado pierde recursos que puede destinar a diferentes actividades de la función estatal y que no puede utilizar para intervención pública, limitando su capacidad de gestión de detrimento de los intereses de la sociedad. En su momento, dada la evolución jurídica de la responsabilidad de los funcionarios públicos, establecida como mandato superior en el artículo 90 constitucional, se abre la posibilidad de recuperar parte de esos dineros al establecer responsabilidad individual del funcionario que por su conducta dolosa o gravemente culposa determinó la casación del daño que finalmente es indemnizable por el Estado. Esta posibilidad se da mediante la figura jurídica de la acción de repetición, la cual se pensaba podía revertir la alta tasa de demandas al Estado por falla en el servicio, además de aliviar la presión fiscal en la medida que se podrían recuperar cantidades significativas de dinero, al hacerlas efectivas la medida de la repetición. Pero la realidad ha sido otra, pues en múltiples investigaciones, estudios e informes se da cuenta de la poca eficacia que ha tenido la acción de repetición, debido a la conjunción de diversos factores, que dan traste con la finalidad buscada con la promulgación de la ley 678 de 2001, siendo en la actualidad mínimos sus beneficios. En atención a esto, se quiere indagar por la eficacia de la acción de repetición en el municipio de Guadalajara de Buga, por medio del contacto directo con las dependencias y funcionarios encargados de adelantar, conforme la ley y los parámetros jurisprudencialmente definidos, los tramites propios de este mecanismo. En consonancia con lo anterior, en este trabajo de investigación se buscó como objetivo general: Determinar el nivel de resultado de la acción de repetición en el municipio de Guadalajara de Buga en los últimos 4 años (2010 – 2013). Y desarrollando este objetivo, los siguientes objetivos específicos: Identificar las causas, factores y circunstancias que inciden sobre la eficacia de la acción de repetición en el municipio de Guadalajara de Buga. Analizar las modificaciones o interpretaciones realizadas por las diferentes jurisdicciones sobre la aplicabilidad de la acción de repetición. Indicar las recomendaciones, estrategias o modificaciones que puedan favorecer la efectividad de la acción de repetición. En este orden de ideas, la investigación se ubicó en las de tipo descriptivo, utilizando el método analítico con el fin de conocer la figura de la acción de repetición en el municipio de Guadalajara de Buga en sede administrativa. Igualmente, el documento se dividió en tres capítulos: en el primero se describen evolución de la acción de repetición en Colombia, desde el año de 1951 en cual se consideraba que el funcionario no debía responder ante la administración por las faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones, las generalidades de la acción de repetición, requisitos, requisito de procedibilidad, finalidad de la acción de repetición, aspectos regulados por la ley 678 de 2001. El segundo se dedicó a: Antecedentes de la responsabilidad del Estado y de sus agentes en Colombia, Análisis jurisprudencial, Modelos de la acción de repetición en derecho comparado: Chile, Honduras, México, Ecuador, Uruguay, Paraguay, Italia, Unión Europea, España, El salvador y Argentina. El tercero se destinó a un análisis que comprende las consecuencias jurídicas de las presunciones de dolo y culpa grave, análisis de los aspectos que pueden incidir sobre la eficacia de la acción de repetición en el municipio de Guadalajara de Buga. Finalmente, se abordan las conclusiones de la monografía.