Evidencias de la constitucionalización del Derecho administrativo en la ley 1437 de 2011

Cargando...
Miniatura

Fecha

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

Resumen

El presente trabajo es el resultado de la investigación realizada en la ciudad de Tuluá (Valle), durante el año 2014, como requisito para obtener el título de abogado en la Universidad Central del Valle del Cauca. Esta investigación tuvo como finalidad la identificación y descripción de las evidencias de la Constitucionalización del Derecho Administrativo en la Ley 1437 de 2011. El interés en realizar esta investigación tuvo su origen con la expedición de Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cuarto código en la historia de la Jurisdicción Administrativa, y el tercer código que vendría a regular los procedimientos administrativos y los procesos que se adelantan ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Primero, la Ley 130 de 1913 (Sobre la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo) era un código meramente judicial. El segundo código fue la Ley 167 de 1941 (Sobre organización de la jurisdicción Contenciosa-administrativa) incluía ahora sí los procedimientos administrativos y en especial al procedimiento gubernativo. El tercer código solamente fue expedido 43 años después, mediante el Decreto 01 de 1984. Es en éste tercer código en donde empiezan a evidenciarse los antecedentes de la lenta, pero perceptible, constitucionalización del derecho administrativo; pues es interesante observar que desde el Decreto 2733 de 1959 (hasta el Decreto 01 de 1984 y en la Constitución de 1991), el derecho de petición se convirtió en un aspecto muy importante en la regulación de los procedimientos administrativos hasta tal punto que tomó posición en el Derecho Constitucional como un derecho fundamental, obligando a las autoridades a contestar en plazos breves y a decidir de fondo sobre sus pretensiones, so pena de incurrir en una falta disciplinaria grave. Ahora bien, el fenómeno jurídico de la Constitucionalización del Derecho empezó a desarrollarse en diferentes países del mundo a finales del siglo XIX, y la Constitucionalización del Derecho Administrativo propiamente se empezó a desarrollar durante el siglo XX. Antes de ése periodo histórico, el Estado miraba al ciudadano desde una posición de autoridad y superioridad, como un ser que emanaba poderes exorbitantes ante las personas, para imponer su legalidad a toda costa. Más que ciudadanos, eran “administrados”, objetos del poder estatal. Posteriormente, las Constituciones fueron transformándose. “Las Constituciones han sido tradicionalmente consideradas como un programa que fija objetivos a mediano y largo plazo, y que requiere la colaboración de los futuros parlamentos para que la ley vaya alcanzando progresivamente los propósitos constitucionales. La venerable señora Constitución, por todos respetada pero no siempre tomada en serio, no podía caminar por sus propios medios y necesitaba cabalgar en la ley para llegar a su destino. La Constitución, ley en potencia, se realizaba mediante su concreción en leyes, que a su vez aparecían cuando se presentaban las condiciones propicias para su expedición. La Constitución era como un menú, del cual la ley se servía lo que considerara oportuno y necesario.” 1 Durante el último siglo han existido fuertes cambios constitucionales y un gradual cambio de perspectiva en concebir la construcción del derecho a partir de una Constitución basada en valores y principios. Al contrario de lo que antiguamente se entendía, ahora las leyes deben estar en armonía con la Constitución. Hoy en día, todas las ramas del derecho están atravesando por un proceso de constitucionalización, y se puede evidenciar mucho más en el Derecho Administrativo, que es la rama que tiene más relación con el Derecho Constitucional.

Descripción

ilustraciones, gráficos, tablas

Palabras clave

Citación

Colecciones