Girón Sanchez, Carlos ArmandoRivas García, Aida2023-11-162023-11-162013http://hdl.handle.net/20.500.12993/3913ilustraciones, gráficos, tablasEn nuestro país, el principio de legalidad encuentra su cimiento legal en la Constitución Política de 1991, y que obliga a particulares o funcionarios a respetar las leyes, como lo señala el artículo 6 de la Carta Magna “Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones”3. Lo anterior es la base para castigar a los que infrinjan las normas de alguna manera, como lo dicta la Ley 599 de 2000, el cual cumple con la función de protección de los bienes jurídicos; además, hace parte del control social encomendado para que nacionalmente pueda existir una convivencia pacífica, enviando un mensaje preventivo cuando en su articulado especifica el delito y la pena, buscando con ello desestimular el actuar delincuencial, tanto a nivel macrosocial como comunitario e individual.PDF49 páginasapplication/pdfspaDerechos reservados - Unidad Central del Valle del Caucahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0La acción de tutela y el debido proceso en asuntos penales que conocen los jueces del circuito de Tuluá entre los años 2005-2010bachelor thesisAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)info:eu-repo/semantics/openAccessInstname:Unidad Central del Valle del Caucareponame:Repositorio Institucional Unidad Central del Valle del Caucarepourl:https://repositorio.uceva.edu.co/Abierto (Texto Completo)Derecho penalTutelaJuecesDebido procesohttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2