El trámite del recurso de revisión a la luz del nuevo Código General del Proceso
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Resumen
Las reformas efectuadas en el nuevo modelo de procedimiento civil traen consigo importantes cambios como respuesta a la necesidad de armonizar el procedimiento civil con las directrices constitucionales consagradas en la carta política de 1991; estas reformas están direccionadas a implementar un modelo de procedimiento más efectivo, accesible, rápido, moderno y económico y así garantizar los fines esenciales del Estado y ajustar el concepto de justicia con el concepto de sociedad, especialmente en lo relacionado con la administración de justicia desde la perspectiva del estado social de derecho en el cual el principio basilar es el respeto por la dignidad humana. No obstante, sigue siendo el principio rector de todos los procedimientos judiciales en Colombia, el desarrollo adecuado del debido proceso, el cual es indispensable en todas las actuaciones judiciales y administrativas, máxime cuando se encuentra consagrado como un derecho fundamental dentro de nuestro ordenamiento superior (Art. 29 CP); ahora bien, para el cabal cumplimiento de este precepto constitucional se deben respetar varios actos o trámites pertenecientes a los diversos procesos que se pueden adelantar ante los operadores judiciales, los cuales están constituidos por principios o figuras jurídicas que permiten adelantar un proceso de manera organizada y coherente, y sobre todo permiten garantizan la seguridad jurídica necesaria para el concepto de justicia y un verdadero acceso a la misma desde la perspectiva de la parte activa o pasiva de la actuación; entre la figuras jurídicas del desarrollo de un proceso encontramos los recursos judiciales, los cuales permiten al usuario de la justicia manifestar su inconformidad con las decisiones adoptadas por el juzgador que adelanta el trámite procesal; los recursos judiciales hacen más transparente el acceso a la justicia y permiten evaluar la efectividad de la misma.